Amonestan a Carolina Viggiano por actos anticipados de campaña


También impusieron la misma sanción al Partido Acción Nacional (PAN)

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Amonestan a Carolina Viggiano por actos anticipados de campaña
Política
Abril 08, 2022 21:42 hrs.
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Marisol Flores › Líderes Políticos

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Carolina Viggiano y el PAN han acumulado dos amonestaciones del TEEH

• El proyecto fue aprobado por mayoría, con el voto en contra de la magistrada Rosa Amparo Martínez Lechuga.

Por: Marisol Flores

La candidata la gubernatura de la alianza Va por Hidalgo, Carolina Viggiano Austria, acumuló dos amonestaciones del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), el más reciente por actos anticipados de campaña. También impusieron la misma sanción al Partido Acción Nacional (PAN).

La noche del jueves los magistrados resolvieron el Procedimiento Especial Sancionador (PES) con número de TEEH-PES-035-2022, promovido por Morena, en el cual se acreditó la existencia de cuatro lonas ubicadas en Huejutla de Reyes.

Según la ponencia del magistrado Leodegario Hernández Cortés, la propaganda fue hallada en las comunidades de Santa Catarina, Coxhuaco, Atalco y Tehuetlán, en Huejutla de Reyes, por lo que el Instituto Estatal Electoral (IEEH) emitió medidas cautelares para su retiro.

Durante su argumentación, recordó que el periodo de precampaña por la gubernatura se llevó a cabo del 2 de enero al 10 de febrero, en tanto que la propaganda de Viggiano Austria, ahora candidata de la alianza PRI-PAN-PRD- fue retirada hasta el 22 de marzo, por lo que ’resulta evidente la transgresión del artículo 113 del Código Electoral’.

Aseguró que la comisión de actos anticipados de campaña se actualiza debido a que las lonas estuvieron expuestas previó al inicio de esa etapa electoral, pues la candidata generó una sobreexposición indebida de su imagen.

El proyecto fue aprobado por mayoría, con el voto en contra de la magistrada Rosa Amparo Martínez Lechuga, quien disintió de que solo por haberse expuesto de forma extemporánea la propaganda de precampaña se considere una infracción, pues no llama al voto.

A lo que Hernández Cortez respondió que no únicamente se requieren de manifestaciones explícitas en favor o en contra de un aspirante para acreditarse los actos anticipados de campaña, sino desde 2011 se utilizan las ’equivalencias funcionales’.

Otra de las sanciones

El 10 de febrero, el TEEH también amonestaron a la aspirante y al mismo partido por no incluir los logos de reciclaje en 8 espectaculares, al que obliga la ley electoral.

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