A pocos meses de dejar su cargo, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) buscan nuevamente proteger al empresario Ricardo Salinas Pliego, otorgando un amparo con el fin de evitar que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) continuar la investigación de todos sus movimientos bancarios, crediticios y bursátiles de 2012 a 2021.
La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público advirtió que la validación por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) del amparo concedido por el juez décimo sexto de distrito, Gabriel Regis López, a Ricardo Benjamín Salinas Pliego, para exonerarlo de la aplicación de leyes destinadas a proteger el sistema financiero y la economía nacional, ’constituiría un grave precedente y un acto evidente de favoritismo’.
En una tarjeta informativa, la UIF señaló que esta situación se origina porque Salinas Pliego fue incluido entre las 72 personas mencionadas en los Pandora Papers, una investigación que aborda el uso de paraísos fiscales. De acuerdo con la investigación Pedro Padilla Longoria y José Luis Riera Kinkel, colaboradores cercanos de Ricardo Salinas Pliego, establecieron estructuras offshore para gestionar cuentas en paraísos fiscales. Padilla utilizó estas estructuras para comprar un viñedo en Napa, California, y un yate de más de 15 millones de dólares. Esta práctica no es nueva en la familia Salinas, ya que el abuelo de Ricardo, Hugo Salinas Rocha, implementó un esquema similar que fue heredado por sus familiares, según documentos de la investigación global Pandora Papers.
Como respuesta, se solicitó información a las instituciones financieras del país, en cumplimiento con la petición realizada por el Grupo de Acción Financiera (GAFI) en octubre de 2021, que exigía a los países miembros obtener y analizar la información financiera de sus nacionales incluidos en dicha lista.
El 4 de julio de 2022, el juez federal Regis López falló a favor de Salinas Pliego, no solo excluyéndolo de la aplicación de la Ley de Instituciones de Crédito y la Ley del Mercado de Valores, sino también estableciendo que la información que las instituciones financieras deben proporcionar a la UIF no podrá ser utilizada en ningún caso ni bajo ningún concepto, ni siquiera para la presentación de denuncias por posibles delitos.
De ahí que la UIF impugnó el amparo ante la SCJN y acusó al juez de pretender ’una vez más golpear la capacidad de nuestro país para prevenir, evitar y combatir las operaciones con recursos de procedencia ilícita’. El recurso es ’ahora, más grave que otras inicuas resoluciones judiciales debido a que deja sin efectos cuatro disposiciones de ley para una sola persona’.
’Sustraer a una sola persona de la aplicación de leyes, la ubica por encima de todo un país al otorgarle capacidad definitiva y permanente para eludir la aplicación de la legislación en materia de lavado de dinero y otros ilícitos relacionados, ya que su información financiera personal no podría usarse en procedimiento penal o civil alguno, dentro y fuera del país, para siempre’, destacó la UIF.
El miércoles, la Segunda Sala de la SCJN determinó por unanimidad, que la ministra Lenia Batres Guadarrama está legalmente impedida para participar en la votación del amparo en revisión de Salinas Pliego contra la UIF.
Al mismo tiempo Salinas Pliego adelantó que que presentará una demanda en contra de Batres por supuestos prejuicios en su contra y de sus empresas.
El dueño de Grupo Salinas aseveró que sus abogados ’valoran las siguientes acciones a emprender para que no siga haciendo daño al país con sus prejuicios, ignorancia y política’, aludiendo al artículo 264 de la Ley de Amparo que contempla penas de 2 a 6 años de cárcel y la destitución para el ’ministro, magistrado o juez que dolosamente hubiere negado la causa que funda la recusación’. Con información de PROCESO ! LA JORNADA