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¡Puñalada a población infantil y joven!

¡Puñalada a población infantil y joven!
Periodismo
Febrero 17, 2026 23:16 hrs.
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Guillermo Pimentel Balderas › tabloiderevista.com

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Tribunal colegiado de Nuevo León protege intereses tabacaleros sobre la salud de niñas, niños, adolescentes y jóvenes. OXXO podrá exhibir cajetillas de cigarro a pesar de violar el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco.

• Esta sentencia pone en riesgo los avances alcanzados en la protección sanitaria de las personas mexicanas que ha rebasado las 63 mil muertes al año. Jueces y magistrados electos popularmente son indolentes a los daños que provoca esta decisión.


El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito (Monterrey, NL) otorgó el amparo a las tiendas OXXO para poder exhibir cajetillas de cigarro, aún cuando organizaciones de la sociedad civil y grupos organizados de personas jóvenes acercaron evidencia de que se trata de una estrategia más de publicidad de la industria tabacalera para atraer a niñas, niños y jóvenes al tabaquismo al normalizar un producto que provoca en nuestros país más de 63 mil muertes anualmente.

En forma criminal, las y los verdugos de esta peste desición son: la Magistrada Cynthia Cristina Leal Garza, el Magistrado Rogelio Cepeda Treviño y el Magistrado Presidente Roberto Rodríguez Garza, integrantes del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito.

Erick Antonio Ochoa, director de Salud Justa Mx lamenta la decisión judicial que ampara a OXXO para que mantenga la publicidad de productos de tabaco en los puntos de venta, en clara violación del Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT) y las Directrices para la aplicación del artículo 13 del CMCT.

’No escucharon la defensa jurídica de la Secretaría de Salud y tampoco prestaron atención a los argumentos técnicos previstos desde la sociedad civil. En una nueva etapa de jueces y magistrados electos popularmente son indolentes a los daños que provoca la publicidad en niñas, niños y adolescentes’, juzga.

Al parecer, en esta nueva etapa del Poder Judicial de la Federación los intereses de salud pública están por debajo de intereses económicos.

En tanto, de la misma organización civil de la salud, Maximiliano Cárdenas (coordinador Legal) opina que los Magistrados, lejos de analizar el caso y su repercusión a la salud, priorizaron una sentencia previa que no era vinculante.

’El Tribunal dejó de analizar las obligaciones del Estado mexicano de cuidar la salud y también fue omiso en su obligación frente al cumplimiento de los tratados internacionales, como es el Convenio Marco’, precisa.

Maximiliano Cárdenas refiere que a nivel nacional se presentaron tan solo en 10 estados de la República, más de 1700 amparos, de ellos se han resuelto muy pocos en materia de prohibición publicidad, promoción y patrocinio, pues tan sólo existen poco menos de 50 casos de los cuales cerca de la mitad ya habían declarado la validez del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.

Entre otras expresiones más de protesta, está la de los integrantes de la iniciativa Voces Jóvenes por el derecho a la Salud Mx que, enviaron cartas a la magistrada y magistrado en donde resaltaban: ’El derecho a la protección de la salud es un derecho humano reconocido constitucionalmente y tiene una dimensión colectiva y es obligación del Estado y de sus tres órganos de poder el promover, respetar, proteger y garantizarlo’.

O sea que, esto implica que su protección no depende únicamente de decisiones individuales, sino también de políticas públicas firmes y coherentes. Cuando existe tensión entre un interés económico particular y la protección de la salud pública, el principio de interés social exige privilegiar el bienestar general y los intereses colectivos de protección, garantía y realización del derecho a la salud.

’Esta sentencia pone en riesgo los avances alcanzados en la protección de la salud de las personas mexicanas, y en especial de niñas, niños, adolescentes y jóvenes, frente a los efectos nocivos de los productos de tabaco y nicotina y, marca un preocupante precedente en el tema’, es el sentir de los jóvenes.

Por su parte, representantes de las organizaciones de la salud aclararon que la exhibición visible no es un acto neutral, sino que, funciona como una forma de promoción indirecta porque coloca el producto dentro del campo visual cotidiano de las personas, por lo que, limitar la exhibición visible de cigarros en puntos de venta responde a una lógica preventiva.

’Cuando un producto dañino deja de estar constantemente a la vista, disminuye su normalización social y se reducen los estímulos que favorecen su consumo’, puntualizan.

Cabe señalar que en días pasados, también por medio de un documento de prensa, estas organizaciones habían pedido al citado Tribunal colegiado de Nuevo León proteger a niñas, niños, adolescentes y jóvenes del marketing promovido por la industria tabacalera en tiendas de conveniencia.

La resolución judicial a cargo de este Tribunal reviste particular trascendencia por tratarse de un caso promovido por la cadena comercial OXXO, con presencia de miles de tiendas y cobertura a nivel nacional, lo que la convierte en un asunto de interés público.

Desde la entrada en vigor de la reforma al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco (RLGCT), Salud Justa Mx ha llevado un monitoreo sistemático de los amparos promovidos en materia de prohibición de publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco. En esta instancia se han identificado 45 sentencias relacionadas con publicidad de productos de tabaco, en donde ha quedado claro que no existe una postura clara y consolidada del Poder Judicial respecto a la interpretación y aplicación de los artículos relativos a la prohibición de publicidad del Reglamento.

En opinión de Claudia Moreno Torres, oficial de incidencia legislativa en Salud Justa Mx, dijo que el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito (Monterrey, NL) tuvo la oportunidad de poner un alto al avance de las estrategias de marketing de la industria tabacalera.

’Permitir la exhibición visible de productos de tabaco en los puntos de venta representa abrir la puerta a una generación más expuesta a la adicción desde la infancia, privilegiando intereses económicos por encima del derecho a la salud’, califica.

También, expone que exhibir cigarros al lado de dulces no es libertad comercial, es una estrategia visual diseñada para captar a las y los menores. El Poder Judicial enfrentó una decisión clara: proteger a las infancias o proteger a corporaciones que lucran con la adicción.

Sin embargo, lamenta que el tribunal haya actuado sin perspectiva de derechos y sin un mensaje contundente; es decir, que en México, la salud pública está por encima del marketing del tabaco.

En su resolución, el Dr. Marco Arellano Toledo, profesor en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) comentó: ’La actividad publicitaria no se limita al anuncio tradicional, sino también se expresa a través de la disposición espacial, la visibilidad del producto y su proximidad física con el consumidor’.

Por lo tanto, en las tiendas de conveniencia, la exhibición de productos de tabaco se localiza de manera sistemática en la zona caliente, detrás del mostrador, a la altura de los ojos del consumidor adulto y en paneles amplios organizados por marca, color y presentación.

’La evidencia internacional muestra que esta forma de exhibición incrementa la probabilidad de compras no planificadas, dificulta los intentos de abandono del consumo y amplía la exposición de menores de edad por su adyacencia a productos disfrutables para los menores como lo son las golosinas, las frituras y los refrescos’, apunta el académico universitario.

Para finalizar, Erick Antonio Ochoa deduce que, en esta nueva etapa del Poder Judicial de la Federación todo parece indicar que los intereses de salud pública están por debajo de intereses económicos. Cuestionó: ¿’Valio la pena renovar jueces y magistrados (supuestamente) en beneficio de una justicia que está para la protección de los derechos de las y los más vulnerables…’?.




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